miércoles, 19 de junio de 2019

El acoso vecinal existe y tiene un nombre: 'blocking'

El acoso vecinal existe y tiene un nombre: 'blocking'


Conozcamos de lo que se trata:

Este delito está sancionado con cárcel de tres meses a dos años o una multa de seis euros al día que puede ir de seis a 24 meses

Conflictos que ponen las comunidades de vecinos en pie de guerra
Han pasado un año, pero Carmen (nombre ficticio) lo recuerda como si fuera ayer. 
"Desde hace cinco meses recibía llamadas de atención constantes de un vecino, aprovechando que su mujer estaba de viaje y cuando salía de casa la pareja de Carmen este vecino se acercaba a su propia casa a tocar la puerta con cualquier excusa y que en ese momento le hacía invitaciones indebidas de salidas juntos, a lo cual la respuesta de Carmen era exigir el respeto hacia ella y a la mujer del vecino y cerrar la puerta en sus narices, así pasó en 2 oportunidades en la última de ella no contó con que regreso la pareja de Carmen y cuando este se percató su nerviosismo fue total a lo que llevó a saludar al mismo e intentar establecer una conversación, la pareja de Carmen no le gusto la aptitud de este y le dijo que no le abriera la puerta por ningún motivo ni trato con esa persona permaneciendo así alerta los dos por la aptitud del mismo. Por la evasión de Carmen y su pareja al trato con todos de la familia en venganza se adueñan de propiedades privadas de ellos en áreas de absceso común. 
Aun así, no dejó de recibir amenazas por parte del vecino Carmen, que vive con su pareja, tardó en reaccionar, pero finalmente denunció, alegando que su vecino se había obsesionado con su persona. 
Afortunadamente, el seguimiento de la Policía frenó al acosador.
Desde hace años la psicóloga Nuria Canseco trata casos de acoso vecinal o blocking. Pacientes que cuando acuden a su consulta, comenta, no son conscientes de esta persecución, sino que buscan la ayuda de un especialista por los problemas asociados. "Los síntomas más frecuentes son desajustes del sueño, ansiedad, depresión, fobias, estado de ánimo alterado, alteraciones físicas difusas y a veces irritabilidad", describe Canseco. Carmen recuerda cómo tenía miedo a salir o estar en casa, a hacer algún ruido e incluso a abrir el buzón. El hostigamiento vecinal puede estar incluido en el Art. 172 del Código Penal, que contempla de forma genérica el delito de acoso o stalking, que se refiere a cuando una persona es víctima de alguien que le persigue o perturba de forma constante y habitual. "Si se produce esta conducta en un vecino hacia otro estará cometiendo un delito de acoso que podríamos adjetivarlo como vecinal", explica Vicente Magro, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid, quien reconoce que todavía no existe una cultura de denunciar esta clase de acoso por ser un tipo de delito nuevo que entró en vigor a partir de la reforma del Código Penal del 1 de julio de 2015. La forma de proceder de un acosador es siempre la misma. Una pequeña disputa o molestias propias de la convivencia (como poner la música alta) pueden ser el detonante, pero no tiene por qué existir una razón fundada. 
El objetivo último: que el acosado abandone la propiedad. Sin embargo, aclaran los expertos, no hay que equivocar esta situación con un problema vecinal. "Esta confusión suele responder a que el acosador empieza quejándose por algún problema concreto. Muchas veces no directamente al acosado, sino al presidente de la comunidad y a otros vecinos (con lo que ya crea que estos vean de otra forma a la víctima)", expone Canseco. Incluso, a veces, el acosado puede ser el propio presidente. Para Salvador Díez, presidente del Consejo General de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), "la diferencia entre actividades molestas y acoso vecinal ya la establece el Código Penal cuando recoge las penas correspondientes para este delito, y especifica que la actuación ha de ser insistente y reiterada y que altere gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de la víctima, recordando que todas estas actuaciones deben probarse". El acoso está sancionado con penas de prisión de tres a 24 meses o una multa de seis euros al día que puede ir de seis meses a dos años.
"Lamentablemente, es casi imposible denunciar porque es la palabra de la víctima contra la del acosador. Un informe de un psicólogo no es suficiente", se queja la psicóloga Canseco. "Además", insiste, "para que realmente se dé acoso vecinal, tiene que haber espectadores o colaboradores en la comunidad que divulguen los rumores iniciados por el acosador". En este sentido, los acosados, además de recibir insultos o notas anónimas, sufren el vacío de los vecinos y daños en su propiedad. Según esta psicóloga, el perfil del acosador es el de un psicópata socializado, que se caracteriza por la falta total de empatía, la imitación profunda de sus emociones y el narcisismo.

Así que debemos actuar el acoso no es solo en los niños en colegios ni en violencia de género, ya conocemos otra manera que es menos tratada pero tan importante como cualquier otra. Confiemos en nuestras Fuerzas de orden público y denunciemos a tiempo.




15 de Octubre Día del Lavado de Manos

15 de Octubre Día del Lavado de Manos Un gesto tan simple como lavarse las manos con agua y jabón puede ser clave para la supervivencia...